Plan RENOVE para la Renovación de la flota de vehículos en GALICIA
Fondos disponibles
Actuaciones y cuantías
2,7 M€ para personas físicas y 300.000 euros a autónomos y empresas privadas. Este presupuesto podrá ser ampliado.
Las personas físicas con residencia habitual en el territorio de la Comunidad Autónoma de Galicia, las empresas legalmente constituidas y los empresarios autónomos, que tengan domicilio social o algún centro de trabajo en Galicia. Las personas físicas podrán adquirir un único vehículo mientras que las empresas o autónomos un máximo de 10 vehículos. No podrán ser destinatarios últimos de las ayudas los concesionarios o puntos de venta cuyo epígrafe de la sección primera de las tarifas del impuesto sobre actividades económicas sea el 615.1 o 654.1.
Podrán ser objeto de subvención los vehículos M1 y N1 con precio igual o inferior a 42.000 euros, impuestos incluidos y en el de vehículos eléctricos con más de 30 km de autonomía con precio de 47.000 euros (impuestos incluidos) que cumplan alguna de las siguientes características.
Se aplicará un descuento de 1.000 euros antes de impuestos.
Vehículos N1: con un valor máximo de emisiones iguales o inferiores a 120 g CO2/km en el caso de vehículos con MTMA < 2.500 kg o unas emisiones iguales o inferiores a 185 g CO2/km en el caso de vehículos con MTMA ≥ 2.500 kg.
- Tipo 1: con un límite de emisiones iguales o inferiores a 110g CO2/km: se percibirá una ayuda de 3.000 euros por parte del INEGA. Total 4.000 euros.
- Tipo 2: con un límite de emisiones iguales o inferiores a 125g CO2/km: se percibirá una ayuda de 2.000 euros por parte del INEGA. Total 3.000 euros.
- Tipo 3: Se percibirá una ayuda de 2.000 euros por parte del INEGA. Total 3.000 euros.
Solicitud de la ayuda
Desde el 17 de enero de 2024 (9:00 horas) hasta el 30 de septiembre de 2024 o agotamiento de fondos. La solicitud se podrá realizar por las entidades colaboradoras que pueden darse de alta desde el 15 de diciembre de 2023. Los vehículos con derecho a subvención tendrán que ser adquiridos (incluyendo los pagos asociados) entre el 1 de enero y el 30 de septiembre de 2024.
Achatarramiento obligatorio de M1 o N1 (indistintamente) con una antigüedad de 10 o más años para M1 o de 5 o más años para N1. El vehículo a achatarrar deberá estar al día en el pago del Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica y el adquiriente titular del vehículo susceptible de ayuda, el cónyuge o un familiar de primer grado (por consanguinidad o afinidad) deberá ostentar la titularidad del vehículo achatarrado, como mínimo, desde el día anterior a la publicación de la presente convocatoria1